La imperatividad de la restructuración del derecho consuetudinario para la atención de los conflictos en México.

Emma Tatiana Mariani Senties

Emma Tatiana Mariani Senties

Doctoranda en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid.
Titular de la División de Derecho Colaborativo en el Centro de Mediación, Arbitraje y Soluciones Alternas de Poblete Consulting Group. Abogada Senior, socia nominal en Poblete Consulting Group®.
De forma natural e innata, podemos constatar que los seres humanos somos seres. 1 1. El filósofo griego y padre de la cultura occidental, Aristóteles, bautizó al ser humano como un animal social. Lo cual es comprobable desde observación de la evolución de la especie humana a lo largo de la historia. El ser humano, como ser social, siempre conformó comunidades desde los primeros restos fósiles que se conservan de pequeños grupos que lograron evolucionar desde África, hasta las enormes urbes en las que las personas siguen buscando generar pequeñas comunidades. (ACNUR, 2018) El filósofo griego y padre de la cultura occidental, Aristóteles, bautizó al ser humano como un animal social. Lo cual es comprobable desde observación de la evolución de la especie humana a lo largo de la historia. El ser humano, como ser social, siempre conformó comunidades desde los primeros restos fósiles que se conservan de pequeños grupos que lograron evolucionar desde África, hasta las enormes urbes en las que las personas siguen buscando generar pequeñas comunidades. (ACNUR, 2018), en esa comprobación, hemos asegurado nuestra supervivencia debido al hecho de pertenecer a un grupo con intereses similares y objetivos en común. Por ende, en esta convivencia hemos ido construyendo una Cultura que nos sirve como referencia e identidad, la cual análogamente influye en todos los aspectos de nuestra vida y elecciones de vida.

Por consiguiente, existen elementos que impactan en la vida del ser humano individual que conforma parte de ese grupo social y del mismo modo de forma intragrupal. Puesto que estas interacciones conforman la vida de las personas, mismas provienen de fenómenos sociales presentados también conocidos como conflictos. La forma en cómo se resuelven los mismos, determinará el rumbo del ser individual y del ser colectivo, en un sistema de causa-efecto que se prolonga hasta el fin de nuestra existencia.

En consecuencia, es imprescindible generar mecanismos de observación y conocimiento de los conflictos para estructurar las soluciones idóneas a los mismos dado el costo beneficio que representan. Por añadidura conviene elaborar un plan estratégico para la aceptación de los conflictos como elemento de nuestra conservación que nos permite retarnos, crecer, madurar y ser la mejor versión de ese ser 2 2. Igualmente, de acuerdo a Aristóteles, el ser se compone de esencia, lo que lo hace único e irrepetible, y de accidentes, los cuales corresponden a aspectos que forman parte de nuestra identidad y no fueron parte de nuestra elección, como nuestro lugar de nacimiento. Podríamos entonces plantearnos un ser individual y un ser colectivo como organización social, con características únicas que nos distinguen, acompañados cada uno de sus respectivos accidentes, para entender así nuestra esencia. El primer paso, comienza con la comprensión multidisciplinar desde las ciencias sociales del aspecto general más importante de ese círculo organizacional social que es la Cultura, como el sistema de símbolos y principios que abarcan desde conocimiento, creencia, arte, moral, ley, costumbre, entre otras que organizan a los colectivos humanos (Podestá, 2006, págs. 27-28).

De hecho, Edward B. Tylor, desde 1871, concibió la Cultura como “… esa totalidad que incluye conocimientos, creencias, arte, moral, derecho, costumbres y cualesquiera otras aptitudes y hábitos que el hombre adquiere como miembro de la sociedad” (Podestá, 2006, pág. 26), remarcando los elementos que la conforman en todas las expresiones del haber humano.

Una aproximación desde el plano psicológico, marca a la Cultura como el medio de integración al grupo social y la expresión por medio de conductas y actitudes típicas (Podestá, 2006, pág.27), mismas que serán determinadas y aceptadas por el mismo grupo, repetidas de generación en generación. De modo similar, la disciplina de la Antropología atribuye a la noción de Cultura, la composición de tres elementos clave: el conjunto de hábitos, determinados por el origen social y la educación del individuo. 3 Bourdieu hizo referencia a las mismas en sus investigaciones como Hábito o habitus, definidos por la capacidad de producir unas prácticas con la posibilidad de diferenciar y de apreciarlas como principio modificador y generador de todas las prácticas. En segundo lugar, el Origen social como uno de los factores que pesa en el sistema explicativo de las prácticas y las preferencias. Por último, el Capital escolar, cuyo producto garantiza los resultados acumulados de la transmisión cultural asegurada por la familia y la transmisión cultural. Su eficacia depende de la importancia del capital cultural directamente heredado de la familia. Se entienden incluidos en el capital escolar todos los títulos académicos obtenidos por una persona. (Podestá, 2006, págs. 28-29)

Consecuentemente, resulta importante también inferir en la adquisición de esa Cultura determinante en la vida del ser humano y su entorno 4 Respecto a la formación de la cultura, ésta necesita de una construcción que se va conformando a través de la misma herencia formativa de la comunidad y conformando con el paso del tiempo. A este proceso se le denomina construcción social de la cultura. (Pérez de la Fuente, 2011) Lévi-Strauss plantea, dos formas de adquisición de cultura: la cultura natural 5 Puede decirse que esta primera forma de adquisición de la cultura resulta más genuina. (Podestá, 2006, pág. 29) y la cultura adquirida 6Aquella que se adquiere más tarde en la vida, dentro de la que se puede contar la cultura de las organizaciones o cultura organizacional. (Podestá, 2006, pág. 29) (Lévi-Strauss, 2015, pág. 29) , globalmente constituyen la Cultura de una persona, su importancia radica en que la primera, la cultura natural resulta como el pilar fundamental y decisivo de ese ser, aquella brújula que le orientará en los momentos de conflictos y toma de decisiones que irán marcando el rumbo de su vida y su organización. Mientras que la segunda, la cultura adquirida, le brindará herramientas en esa toma de decisiones.
Por lo que se refiere a la categorización de la Cultura, cada sociedad puede, desde su perspectiva, dividir las culturas en tres categorías: las que son contemporáneas, pero se encuentran situadas en otro lugar del globo, las que se han manifestado aproximadamente en el mismo espacio pero han sido anteriores en el tiempo y finalmente, las que han existido a la vez en un tiempo anterior al suyo y en un espacio distinto del que ocupa esta sociedad (Lévi-Strauss, 2015, pág. 27). Encontrando en todo momento una interrelación 7 “Ninguna cultura se encuentra sola; siempre viene dada en coalición con otras culturas, lo que permite construir series acumulativas. La probabilidad de que entre estas series aparezca una larga, depende naturalmente de la extensión, de la duración y de la variabilidad del régimen de coalición.” (Lévi-Strauss, 2015, pág. 46) entre las mismas, tal y como lo podemos constatar en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al hablar de nuestra composición pluricultural, resultado de nuestro mestizaje de Culturas:

Artículo 2o… La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación.

Esta construcción social de la cultura tiene algunas consecuencias en el tratamiento normativo dentro del pluralismo cultural, al tratar con el papel de los colectivos o comunales, los cuales no siempre corresponden con un enfoque basado sólo en derechos individuales de los sujetos de esas comunidades. Ello significa que la Cultura puede verse de un modo un tanto subjetivo, ya que si se analiza como algo arbitrario tendría que ver con la pluralidad de expresiones de las diferentes culturas según su significado y contenido propio sobre lo que, por ejemplo, sería bello o estético. Los significados culturales no vienen dados por leyes inmutables y externas a los sujetos, es decir, que cada sociedad decide sus propias manifestaciones y expresiones culturales definiéndolas con el tiempo. (Mariani, 2013, pág. 35)

La imperatividad de la restructuración del derecho consuetudinario para la atención de los conflictos en México.
Entonces, si hablamos de pluricultural, consecuentemente encontramos diversas identidades 8 El concepto de identidad es fundamental para comprender la situación intercultural. Esto explica que frente a tal situación, un individuo, con sus valores y su modo de pensar, de sentir y de actuar reaccionará probablemente de una manera definida. Para esto se cuenta con un repertorio de formas de pensar, de sentir y de actuar que, en un momento dado, se puede combinar. Este repertorio está en constante recreación. (FUHEM, 2002) , De acuerdo con Manuel Garrido, el problema de la identidad cultural, diversa y con frecuencia también antagónica, del crecidísimo número de grupos étnicos que han poblado y pueblan la Tierra, es más complejo, y hoy más acuciante, que el problema de la identidad biológica del mucho más exiguo número de razas humanas que habitan en ella (Lévi-Strauss, 2015, pág. 8).

Dado que la identidad es la síntesis que cada uno hace de los valores e indicadores de comportamientos transmitidos por los diferentes medios a los que pertenece, integrándolos esos según sus características individuales y su propia trayectoria de vida, observamos que la misma es una estructura dinámica. Está en continua evolución en el transcurso de nuestra vida 9 La base de la experiencia emocional de la identidad proviene de la capacidad del individuo de seguir sintiéndose el mismo a través de los cambios continuos. El proceso de cambio permanente de lo nuevo con lo antiguo debe tener lugar, de tal manera que lo nuevo sea percibido como teniendo una relación aceptada con lo que ya existía antes. Integrando lo nuevo en lo mismo hay un cambio en la continuidad. El sentimiento de identidad permanece cuando el sujeto consigue dar a la alteración el sentido de continuidad. (FUHEM, 2002), lo que permite al individuo generar a lo largo de su existencia una identidad enriquecedora (FUHEM, 2002).

De acuerdo con Podestá, este fenómeno se constata en las cuatro dimensiones filosóficas clásicas del ser humano: la praxeológica, la epistemológica, la axiológica y la ontológica, mismas que por consiguiente permiten entender a la persona desde diferentes manifestaciones de sí misma. Esta distinción reproduce la división entre la praxeología de acuerdo a lo que se observa y se repite, es decir, a los modos de hacer y producir.

En tanto la epistemología, como el tipo de conocimiento preciso de aprehender lo real. La ontología, como la concepción del mundo que posee la persona. La axiología, como la forma de conducirse en la vida desde los valores morales, culturales y los principios que determinan sus costumbres, ejerciendo una función de vigilancia crítica sobre la praxeología, legitimándola y otorgando juicios de valor (Podestá, 2006, págs. 31-32).

En suma total, las dimensiones del ser humano conforman su identidad individual y colectiva dentro de un contexto conformado y prolongado de generación tras generación con determinados comportamientos generalmente aceptados y repudiados.

Mismas que representan sus recuerdos, ideología, metas consecutivas y formas de resolución de los conflictos. Este proceso social conductual, es uno de los elementos más significativos en el establecimiento de una Cultura determinada, la cual en consecuencia está compuesta de esas acciones repetitivas conocidas como usos y costumbres 10Garrido hace mención de algunos notorios, haciendo referencia a hechos culturales como el régimen matrimonial de procreación, los usos medicinales o la normativa religiosa de los pueblos son factores que, directa o indirectamente, “modelan la selección natural y orientan su curso”. (Lévi-Strauss, 2015, pág. 8) , Kymlicka, identifica los principios básicos, bajo los cuales considera que los seres humanos tienen un interés esencial en llevar una vida buena.

Para alcanzarla, en primer lugar implica que sus vidas deben ser dirigidas desde dentro, es decir, conforme con lo que ellos creen que dota de valor a una vida. En segundo lugar, deberían tener la libertad de poder revisar y poner en cuestión sus propias creencias. Ambos elementos constituyen la autonomía fundamental en que se basa esta teoría (Kymlicka, 1995).

… las dimensiones del ser humano conforman su identidad individual y colectiva dentro de un contexto conformado y prolongado de generación tras generación con determinados comportamientos generalmente aceptados y repudiados. Mismas que representan sus recuerdos, ideología, metas consecutivas y formas de resolución de los conflictos. ’’
Usos y costumbres, se entenderían como sinónimos de una buena vida en uso y goce de libertades fundamentales, especialmente por su importancia 11 Tan solo para darnos una idea de su importancia; de los 570 municipios que forman Oaxaca, en México, 418 se rigen por usos y costumbres, lo cual es equivalente al 73%. (Gómez-Rodulfo, 2012, pág. 12) y su estampa en aquellas tradiciones memorizadas y transferidas de generación en generación, sin embargo encontramos severas vulneraciones a derechos básicos 12Existe también una fuerte y reconocida crítica a los usos y costumbres. En gran parte, porque los principales problemas que aquejan a las poblaciones indígenas, se originan muchas veces también desde los mismos. (Mariani, 2013, pág. 53) en la vivencia de algunos 13La investigadora Laura Valladares, encargada de un reciente proyecto para la formación de promotoras sobre derechos humanos de las mujeres indígenas por parte de la oficial Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), ha informado sobre persistentes y duras prácticas en los usos y costumbres que contravienen claramente los derechos humanos como son algunos ejemplos: la venta de mujeres, los matrimonios forzados y la casi nula participación y acceso a la representación popular, así como a la tierra. A estos se suman, violaciones cometidas por el Estado que representarían obligaciones no cumplidas, como lo son la falta de servicios de salud o dar a luz en condiciones que atentan contra sus vidas. Precisa que “…las otras costumbres, las que lastiman la dignidad de las mujeres, es bueno que cambien. (Gómez-Rodulfo, 2012, pág. 149). .

Es preciso inferir en primer lugar en su significado para ahondar en la conexión que pueden llegar a tener también los mismos en la toma de decisiones y resolución de los conflictos en nuestro entorno cultural. Los usos corresponden a las prácticas de un hecho determinado, seguidas por los habitantes de una comunidad y que han sido repetidas asiduamente. En segundo lugar, las costumbres son el resultado de usos que con el paso del tiempo devinieron en prácticas reiteradas, adquiriendo fuerza de ley. Son consideradas obligatorias por la sociedad e impuestas por la rutina o usanza (Mariani, 2013, pág. 50).

En consecuencia, conforme a Lévi-Strauss es importante distinguir con cuidado la transmisión de la técnica de una generación a otra, hecha siempre con una facilidad relativa gracias a la observación y la práctica cotidiana, y a la creación o mejora de las técnicas en el seno de cada generación (Lévi-Strauss, 2015, pág. 41).

En contraposición, Garrido habla sobre los peligros que existen al hacer la selección de los usos y costumbres a repetir: “Lo que ayer se hizo en nombre de la depuración cultural, se hace hoy en nombre de la depuración cultural o limpieza étnica” (Lévi-Strauss, 2015, pág. 8). Ante la realidad de situarnos en un contexto multicultural 14Manuel Garrido menciona ¿Conviene combatir o es mejor fomentar, aunque se contrapongan entre sí, la diversidad de lenguas, sistemas de valores y religiones de los pueblos de la Tierra? (Lévi-Strauss, 2015, pág. 7) con usos y costumbres implícitamente positivas y negativas, es importante emprender acciones culturales proactivas y resilientes, entendiendo esta disposición como un conflicto, parte de la vida humana, que ha sido superado con éxito. Tal es el ejemplo del preámbulo de la Constitución Ecuatoriana de 2008, mismo que hace un llamado a “la construcción de una nueva sociedad” desde varios elementos, destacando “la sabiduría de todas las culturas que nos enriquecen como Sociedad” (CRE, 2022).

Surge ahora la cuestión respecto a las formas sabias de solución de los conflictos en un mundo globalizado, pluri y multicultural. Por ende, es importante tener en cuenta que en la conformación de la Cultura, se prevé la necesidad y utilidad de establecer sistemas normativos que regulen esos usos y costumbres para el momento en que los conflictos surgen, por y para el bien común y en consecuencia, el bien individual, también conocido como Derecho. 15 Todo conglomerado social genera unas prácticas que plasman sus maneras de ser, pensar y vivir, mismas nacen de su cosmovisión y de su adaptación al medio geográfico. (Hernández Díaz, 2010, pág. 149)

Derecho es la disciplina de las Ciencias Sociales que reúne el conjunto de prácticas intrapersonales, interpersonales, intragrupales e intergrupales, mismas que aseguran la convivencia y la armonía de los integrantes de una unión social, que de acuerdo con Hernández Díaz, expresan un grado de respeto y control social, que resultan efectivos en la medida que la comunidad se comporta acorde con ellas, dando como resultado el derecho consuetudinario (Hernández Díaz, 2010, pág. 149).

Por ende, la fuente más antigua del Derecho es la costumbre jurídica. 16La costumbre a pesar de mantener importancia como fuente formal del derecho cede ante el imperio de la ley. En consecuencia, “se habla al interior de la doctrina de costumbre secundum legem (a favor de la ley), costumbre contra legem (contra la ley) y, costumbre praeter legem (regula situaciones que la ley no regula)”. (Hernández Díaz, 2010, pág. 147) Sus referentes datan de su utilización en Roma como única forma de creación del Derecho hasta antes de las Doce Tablas, elaborada durante la segunda mitad del siglo IV a de C. Asimismo, se puede constatar su generalización en Europa, utilizándola como fuente primordial del Derecho durante la Edad Media y el renacimiento, prolongándose hasta finales del siglo XVIII, época en la cual se comenzaron a expedir las grandes codificaciones (Hernández Díaz, 2010, pág. 147).

Desde la aproximación de la teoría general del Derecho, la costumbre jurídica son conductas repetitivas que devienen en obligatorias con el transcurrir del tiempo. (Hernández Díaz, 2010, pág. 147) Asimismo, se considera un elemento imprescindible de la Cultura de un pueblo 17 La costumbre jurídica es de creación cultural con consecuencias jurídicas, por tanto funciona de forma inversa a la ley. (Hernández Díaz, 2010, pág. 152) , de tal forma valorada como el tejido conjuntivo necesario para la Constitución de una Nación, con relevancia en el mundo del Derecho, dando lugar a reglas de comportamiento 18Un ejemplo de su eficacia lo podemos observar en la legislación comercial, en buena parte responde a la codificación de la costumbre mercantil, misma que ha ganado mayor estabilidad y generalidad. (Hernández Díaz, 2010, págs. 149-150) que tengan la connotación de normas jurídicas estableciendo el ordenamiento jurídico (Hernández Díaz, 2010, pág. 148).

La imperatividad de la restructuración del derecho consuetudinario para la atención de los conflictos en México
Al interior de esas reglas de comportamiento, hemos procurado integrar y prever la forma de resolver los conflictos, mismos que se entiende parten de supuestos de comportamiento como la omisión de una ley, una laguna legal, intereses contrapuestos, incumplimientos, entre otros similares. Para tales fines se han establecido como regla general los procedimientos procesales por materia para la impartición de justicia desde la heterocomposición, así como procesos autocompositivos de soluciones que indagan en la gestión del conflicto, diseñando estrategias para la obtención de los intereses de las partes desde una amigable composición a través del diálogo como lo son la Mediación, la Conciliación principalmente. Estos últimos con una filosofía de paz, basada en el respeto de nuestras diferencias culturales 19 La diversidad entre las culturas plantea numerosos problemas, esta cuestión constituye una ventaja o un inconveniente para la humanidad, cuestión general que, por supuesto, se subdivide en muchas otras. (Lévi Strauss, 2015, pág. 20) con el objetivo claro del intercambio de intereses desde la negociación basada en principios como la confidencialidad, la neutralidad, la imparcialidad, la voluntariedad y la legalidad.

En nuestra experiencia mexicana, las soluciones desde la heterocomposición se han visto limitadas, especialmente desde la debacle con la crisis generada por la pandemia SARS-COVID-19, misma que empeoró la situación de saturación de trabajo en los juzgados del Poder Judicial estatales y federales de todas las materias, impidiendo el objetivo de su creación que es la impartición debida de justicia, ocasionando más pérdidas 20Para los involucrados en el conflicto y para el Estado. frente a los conflictos y con ello una desazón que imposibilita afrontarlos como un reto, crecimiento u oportunidad. Por otro lado, la gestión personal de los conflictos también ha empeorado en el plano individual y organizacional, afectando a un núcleo principal de organización como lo es la familia, parte fundamental de la transmisión de usos y costumbres en la creación de la Cultura. Los datos de la Secretaría de Gobernación reflejan que violencia intrafamiliar aumentó un 120%, donde el 66% es por violencia física y el 22% por violencia psicoemocional (Hernández Mergoldd, 2020).

De la misma forma, en materia laboral, energética y de telecomunicaciones, tan sólo en el primer semestre de 2019, el número de demandas se incrementó en un 710%. Gascón refiere que es parte de una estrategia para hacerlos intencionalmente lentos y advierte “en el juzgado hay cajas arriba de las cajas y eso está provocando que sea una justicia lenta, fue instrucción del Consejo de la Judicatura acumular los amparos en este juzgado.” Tan sólo en admitir las demandas se demoran, ya que procesan casi 200 diarias, pero hay un retraso de 5 mil (Gascón, 2021). Igualmente, en el caso de algunos estados, en los Juzgados Civiles siempre han existido cargas de trabajo excesivas que últimamente se ha convertido “una sobre carga casi inhumana de trabajo”. (Cadena Noticias, 2021) Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), refirió que la tarea de los juzgadores en México es por un mejor país, “no para nadar de muertito” y dejar que las cosas funciones como hasta ahora. Asimismo, resulta interesante su reiteración como presidente para impulsar un Poder Judicial y una mejor justicia hasta que la igualdad y la dignidad se vuelvan costumbre (Vallejo, 2022).

En otros ámbitos, importantes también para la Cultura como es el deporte, hemos observado la ruina en la afronta de conflictos, como lo fue el pasado 5 de marzo de 2022 por los incidentes de violencia que se registraron en Querétaro en un partido de fútbol que ha escalado a nivel internacional y que hasta el momento ha significado la afectación en la vida de cuando menos 22 personas. Hechos que serán difíciles de esclarecer ante los intereses políticos y el gravísimo problema de corrupción que padecemos en todos los ámbitos (Infobae, México suspende el fútbol por los violentos episodios que se registraron en Querétaro-Atlas, 2022).

Por otro lado, en el terreno de la autocomposición jurídica de los conflictos a través del reconocimiento constitucional contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se han encontrado también muchas limitantes en los usos y costumbres, así como en la Cultura jurídica que los integran, dado que la formación de los profesionales a cargo no ha sido la adecuada para lograr una gestión certera de las soluciones implementadas y muchos menos acuerdos duraderos. Misma situación que también se ha visto afectada por la falta de congruencia en las leyes existentes en la materia y la ausencia de unificación de criterios en su aplicación, así como del gremio de profesionistas, donde también hay corrupción.

Sin embargo, es importante reiterar que su reconocimiento constitucional ha marcado un avance cultural significativo, estableciendo como derecho humano 21La concepción occidental de los derechos humanos está plagada de una simetría simplista y mecanicista entre deberes y derechos. La cual, otorga derechos sólo a aquéllos a quienes puede exigir deberes. Esto explica por qué la naturaleza no tiene derechos de acuerdo con los derechos humanos occidentales: porque no se le puede imponer ningún deber. Por la misma razón es imposible otorgar derechos a las generaciones futuras: no tienen derechos porque no tienen deberes. (De Sousa Santos, 2002, pág. 72) el derecho al diálogo pacífico para la solución de los conflictos, marcando una nueva usanza de los usos y costumbres que conformarán nuestra Cultura sobre el tema.
El reconocimiento de la incompletud y debilidad recíprocas, como denominó De Souza Santos, es una condición sine qua non para un diálogo intercultural que nos permita obtener nuestros intereses en la inmersión de los conflictos, entendido como una conquista cultural que se consagra con mejores usos y costumbres (De Sousa Santos, 2002, pág. 72). La cuestión entonces es si la conquista cultural puede ser reemplazada por diálogos interculturales con base en condiciones mutuamente acordadas, como el caso de la voluntariedad, y si es así en cuáles condiciones (De Sousa Santos, 2002, pág. 78).

De acuerdo a De Souza Santos, el imperativo transcultural debe entonces ser aceptado por todas las partes en el diálogo si la hermenéutica diatópica quiere tener éxito: las personas tienen el derecho a ser iguales cuando la diferencia las haga inferiores, pero también tienen el derecho a ser diferentes cuando la igualdad ponga en peligro la identidad (De Sousa Santos, 2002, pág. 81). Con lo que podríamos establecer un criterio objetivo para la mejor aplicación de los mecanismos provenientes de la autocomposición, estableciendo un nuevo derecho consuetudinario que permite la pluricultural con perspectiva de derechos humanos para la solución de conflictos, utilizando como primer herramienta el diálogo y creando una nueva Cultura de paz jurídica.
El camino puede ser la tolerancia, no como una posición contemplativa que dispensa las indulgencias a lo que fue o a lo que es, sino como una actitud dinámica que consiste en prever, comprender y promover aquello que quiere ser. La única exigencia que podríamos hacer valer a este respecto, con sus respectivas obligaciones y responsabilidad (de pensar, sentir, decir y hacer) es que se realice bajo formas, de modo que cada una de ellas sea una aportación a la mayor generosidad de los demás (Lévi-Strauss, 2015, pág. 52).

De acuerdo con Podestá, podría afirmarse, que las prácticas y saberes serían más flexibles, podrían acomodarse, o incluso transformarse. Si bien una práctica o un hábito puede reemplazarse por otro mediante el paso de una persona por una institución escolar o por algún tipo de entrenamiento reiterado, los valores y las formas de habitar y concebir el mundo permanecen anudadas a esos contactos primarios del individuo con su medio social; su transformación y acomodación no ocurrirían con el simple cambio de medio social o el entrenamiento. (Podestá, 2006, pág. 36) .

Partiendo del conocimiento desde el interior, el constructivismo, concibe esta nueva Cultura como el resultado de la interacción de las personas, las marcas dejadas por el origen social y el capital escolar, así como los rasgos praxeológicos, epistemológicos, axiológicos y ontológicos de las personas, mismos que deberán ser tenidos en cuenta para comprender las posibilidades de relación entre los miembros de una comunidad humana, sus conflictos, así como las posibilidades de transformación que esta cultura tiene (Podestá, 2006,pág. 37).

Un ejemplo, tras la crisis de acceso a la justicia que vive el país, y la saturación del sistema empeorada por el cierre de juzgados durante la pandemia, ha sido la justicia digital. Misma que propone alternativas para la resolución de conflictos, reformando los usos y costumbres en nuestra Cultura jurídica.

Hoy en la agenda legislativa comprende iniciativas que buscan fomentarla y normarla (México Evalúa, 2020). Para ello, Edna Jaime, directora de México Evalúa, apuntó:
Tenemos la convicción de que la justicia digital, bien ejecutada, tiene un potencial transformador que trasciende contingencias. Todo indica que nuestros tomadores de decisión en el Poder Judicial y Legislativo también lo consideran así…pretende, enriquecer el proceso legislativo y la toma de decisión que le corresponde a cada poder judicial del país, con recomendaciones basadas en evidencia y buenas ideas probadas nacional e internacionalmente. (México Evalúa, 2020).

La dirección y compás de este movimiento cultural debe fundamentarse en principios rectores. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, puede ofrecer una perspectiva que se basa en cinco dimensiones fundamentales: personas, prosperidad, planeta, participación colectiva y paz, también conocidas como las “5 p”. Históricamente considera elementos básicos: inclusión social, crecimiento económico, protección medioambiental, la participación colectiva y la paz (United Nations, 2016).

Por tanto, las metas del Objetivo 16, buscan promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles (ONU, 2016, pág. 39).

Asimismo, en el 16.3, indaga en promover el estado de Derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos (Naciones Unidas, 2016, pág. 39). En suma, es necesario e imprescindible una restructuración del derecho consuetudinario, desde los usos y costumbres en nuestra Cultura jurídica, que nos permitan alcanzar una vida digna en libertad. Es a través de esa evolución 22Tal y como lo plantea Kuhn, en “La Revolución de las Ciencias Sociales”. de los usos y costumbres como lograremos mejores elecciones posibilitadas por mecanismos y procesos inteligentes 23 Inteligencia hacer referencia a “saber elegir”. de toma de decisiones frente a los conflictos, que ofrezcan mejores resultados y alivien la carga de trabajo en los juzgados, transformando el Derecho, por medio de la costumbre y generando una nueva Cultura. Asimismo, se posibilita que los profesionales de estos mecanismos puedan ofrecer la mejor atención y los usuarios del servicio cumplan con el goce de sus libertades fundamentales como el derecho al diálogo pacífico, sin que nuestras diferencias pluriculturales sean un impedimento.

Finalmente resulta categórico considerar nuestra responsabilidad frente a los conflictos para la evolución de nuestra Cultura jurídica mexicana en cumplimiento a nuestros deberes y goce de nuestros derechos, creando así mejores usos y costumbres frente a los conflictos.

Las opiniones expresadas en los artículos son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión del Instituto.

Número 4 Marzo 2022
Revista Avance Transformación
Número 3 Marzo 2021
REVISTA AVANCE Y TRANSFORMACIÓN
Número 2 Septiembre 2019
REVISTA AVANCE Y TRANSFORMACIÓN
Número 1 Junio 2019
REVISTA AVANCE Y TRANSFORMACIÓN

Artículos recientes de Revista Avance y Transformación

Share This